Comunicado en relación con la recogida de aceite usado de cocina por los gestores autorizados en el municipio de Sevilla.
Comunicado en relación con la recogida de aceite usado de cocina por los gestores autorizados en el municipio de Sevilla.
viernes 18 de marzo, 2016
18/03/2016.
Comunicado en relación con la recogida de aceite usado de cocina por los gestores autorizados en el municipio de Sevilla.
La Ley de 22/2011 de residuos y suelos contaminados (LRSC) contempla que los productores de aceite usado de cocina tienen la obligación de gestionar dicho producto de manera respetuosa con el medio ambiente y con la normativa reguladora del mismo. En este orden, podrán gestionar el aceite usado a través de un Gestor Autorizado o a través de los sistemas establecidos por las administraciones públicas competentes, y su incorporación a dicho sistema será voluntaria, excepto en los casos en los que la administración demuestre que se dan las suficientes razones de eficacia y eficiencia como para obligar a bares, restaurantes y hoteles a incorporarse al sistema.
Como bien es sabido, a principios de 2014 el Ayuntamiento de Sevilla a través de LIPASAM, otorgó a la empresa BIOUNIVERSAL la exclusividad en la recogida de los aceites usados del sector HORECA. dicha exclusividad fue recurrida por GEREGRAS y diversas empresas del sector y, en julio de 2015 el Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía (TSJA) les vino a dar la razón, afirmando que no había motivo como para obligar a entregar el aceite a la empresa contratista de LIPASAM por parte de los establecimientos hosteleros.
Esto quiere decir que los Gestores Autorizados por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (administración competente para ello) están perfectamente habilitados para seguir realizando su labor de recogida, transporte y gestión en el municipio. Y ello a pesar de que la sentencia que les daba la razón fuera recurrida ante el Tribunal Supremo por BIOUNIVERSAL. La razón de que esto sea así es porque en el pasado mes de diciembre el TSJA estimó la pretensión de GEREGRAS y las empresas recurrentes de obtener la ejecución provisional del fallo de julio de 2015.
Por lo tanto, no debe haber motivo para sentirse coartado a la hora de recoger el aceite. Los Tribunales nos están dando la razón, el Ayuntamiento lo sabe y no debería obstaculizar en absoluto nuestra labor.
Fuente: Departamento Jurídico de Geregras.
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